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Adquirir o vender tu casa es una transacción comercial que te genera ganancias y, por lo tanto, obligaciones. Es importante que conozcas los compromisos fiscales implícitos en el proceso de compraventa de un inmueble.
Asimismo, conviene saber que tanto el comprador como el vendedor deben costear un impuesto. Sin embargo, muchas veces ignoramos cómo se calcula. Por ello te ofrecemos información útil para evaluar con certeza los gastos inherentes a la operación de adquirir o vender una casa.
También puedes solicitar asesoría gratuita al Colegio Nacional del Notariado Mexicano
Ciertamente, adquirir o vender tu casa es una actividad mercantil sujeta a contribución tributaria. Por consiguiente, quien adquiere una casa cancela el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), y quien la oferta paga el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Ahora bien, el monto para ambos casos es proporcional al valor de la negociación. Además, existen otros factores de carácter social y económico que inciden en el precio total establecido para cada uno de los impuestos. Es necesario diligenciar los documentos previos al pago de los impuestos involucrados.
Para concretar la adquisición o venta de una casa es imprescindible tener los documentos que respalden legalmente el procedimiento de la operación de compraventa.
En este orden de ideas, para pagar el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) es imprescindible contar con los siguientes documentos
Por lo general, estos documentos y el gasto que generan corresponden al comprador. Sin olvidar el pago del IVA y los honorarios del notario.
En cuanto a los documentos para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre la venta de una casa, son los siguientes:
Tanto los pagos como los documentos se entregan a un notario público, quien se responsabiliza de cancelar la contribución tributaria. Luego de verificar que la documentación sea la correcta, se da continuidad al proceso conforme a la ley.
Como lo indica su nombre, el pago del Impuesto Sobre Adquisición De Inmuebles (ISAI) le corresponde a la persona que planea adquirir un inmueble. Es conocido también como Impuesto de Traslación de Dominio. El pago de este impuesto es principalmente condicionado por el estado donde se encuentre la propiedad.
El estado de Yucatán tiene la tasa más baja del país, de 0.02%. A pesar que en la mayoría de los estados de la república mexicana es valorada en 2%. En Coahuila, Colima y Campeche se ha establecido en 3%. Mientras que Ciudad de México tiene tasas variables que oscilan entre 3% y 5.9%.
Por otra parte, el impuesto más alto lo registra Querétaro, con una tasa de 6.5%. No obstante, si la compra se realiza en Nuevo León o en Coahuila, bajo circunstancias de fallecimiento del titular o donación del inmueble, el impuesto será exento.
Otro factor influyente para calcular la tarifa del ISAI lo determina el monto más elevado obtenido entre el avalúo, el precio de compra y el valor catastral.
El pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) le corresponde a la persona que vende el inmueble. Este se calcula sobre la ganancia que obtiene el vendedor al enajenar su vivienda. Por lo tanto, la tasa del gravamen varía de acuerdo a la utilidad percibida, en un rango del 1.92% al 35%.
Este impuesto es susceptible a exención fiscal siempre y cuando el vendedor justifique una tarifa de venta inferior a 700,000 UDIs. A este proceso se accede una vez cada 3 años. Si por alguna razón no cumples con los requisitos para optar por la exención del impuesto, puedes apelar a deducciones.
Para hacer este pago, necesitarás presentar al notario la siguiente documentación:
Para pretender deducciones sobre la tarifa del ISR se recomienda conservar todos los comprobantes de inversión realizada a la casa desde la adquisición del inmueble. Los documentos son válidos a nombre del contribuyente, de su pareja, padres o hijos.
En caso de que no tengas toda la documentación exigida para establecer el pago, deducciones y exenciones del ISR, el notario hará un cálculo fundamentado en la escritura de la propiedad.
Indiscutiblemente, el notario es la figura jurídica con la potestad para certificar que el procedimiento de compraventa se realice bajo los términos legales.
Una vez firmado el contrato por las partes involucradas, el notario garantiza que el vendedor deja de poseer la propiedad; asimismo, permite al comprador darse de alta como propietario del inmueble ante Hacienda.
El alta en Hacienda sucede de manera automática cuando el notario declara los impuestos ISAI y ISR correspondientes a la compraventa. En ese acto indica que quienes generaron esos impuestos quedan dados de alta.
Actualmente, el sistema aplicado en México refuerza la seguridad de este tipo de transacciones, lo que imposibilita enajenar un inmueble si tienen adeudos.
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